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Medidaprioritaria87
Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluidos los derechos sexuales y derechos reproductivos, así como el derecho a sus propiasmedicinas
tradicionales y sus prácticas de salud, sobre todo en loque se refiere a la reducción de lamortalidadmaterna e infantil, considerando sus especificidades
socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales que dificultan el ejerciciode este derecho.
Posibles líneas de acción
1. Promulgar legislación nacional específica sobre el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluida la salud sexual y reproductiva, y elaborar
reglamentos, normas y protocolos para su aplicación. 2. Elaborar políticas y programas de salud intercultural que incluyan la salud sexual y reproductiva
mediante acuerdos, consensos y entendimientosmutuos, y un genuino reconocimiento de los sistemas de saberes, idiomas, cosmovisión y conceptos de
salud de los pueblos indígenas, en particular, de lasmujeres, adolescentes y jóvenes indígenas. 3.Promover y fortalecer lamedicina tradicional indígena,
considerando cada uno de sus componentes: los agentes o terapeutas tradicionales indígenas, los conocimientos tradicionales y los recursos naturales.
4.Realizar evaluaciones integralesde lamedicina tradicional, identificando loselementosque lahaceneficazy terapéutica, ycomplementandoel conjunto
de prácticas de carácter empírico con sus dimensiones simbólicas y culturales. 5. Robustecer la generación de información y conocimientos sobre los
problemas de salud que afectan a los pueblos indígenas, considerando su cosmovisión, mediante procesos participativos. 6. Fortalecer las capacidades
nacionales—tanto de organismos del Estado como de organizaciones indígenas— para la aplicación del enfoque de salud intercultural y su gestión, con
pertinencia lingüística. 7.Fortalecer losprocesosdeempoderamientode lasmujeres indígenas, centralespara su libredeterminación.
Metas
1. Para 2030, eliminar lamorbilidad ymortalidadmaterna por causas evitables demujeres indígenas, y lograr que los niveles demortalidadmaterna de
estasmujeresno superena losdel restodemujeres (adaptadode lameta3.1de losODS). 2. Para2030, garantizar el accesouniversal demujeresypueblos
indígenas a los servicios de salud sexual y reproductiva, de conformidad con los derechos individuales y colectivos (adaptadode lameta3.7de losODS).
3. Para2030, eliminar lasmuertes evitables de reciénnacidos ydemenores de5 años depueblos indígenas, y lograr que los niveles demortalidad infantil
yen laniñezdeestospueblosno superena losdel restodeniñosyniñas (adaptadode lameta3.2de losODS). 4.Aumentar laesperanzadevidaal nacery
la esperanza de vida en condiciones saludables de pueblos indígenas y eliminar las brechas existentes con respecto al restode la población. 5. Contar con
modelos de salud intercultural debidamente implementados, acordes a los requerimientos de los pueblos indígenas. 6. Fortalecer lamedicina tradicional
indígena.
Indicadores tentativos
1. Tasademortalidadmaternademujeres indígenas (ODS engeneral). 2. Tasademortalidaden laniñez—menoresde5años—de lospueblos indígenas
(ODSgeneral). 3. Esperanzadevidaal nacer de lapoblación indígenay esperanzadevida al nacer en condiciones saludables. 4. Porcentaje de partos de
mujeres indígenas atendidos con equipo de salud intercultural. 5. Existencia de servicios de salud sexual y reproductiva interculturales, e
implementación de acciones de prevención e información con pertinencia cultural y lingüística. 6. Prácticas tradicionales indígenas aceptadas y
bien integradas al sistema nacional de salud.7. Grado de participación de los pueblos indígenas en la gestión de la salud, desagregado por sexo.
8. Porcentaje de comunidades indígenas que gestionan la salud en sus territorios, desagregado por sexo. 9. Existencia de sistemas de información sobre
saludquepermiten identificar losperfilesdemorbimortalidadde lospueblos indígenas, incluidas las ITS, desagregadospor sexoygruposdeedades.
Otros instrumentos,
instancias ymecanismos
relacionados
El FPCI, el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas (véase laMP85).
La Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas y su mecanismo de implementación y seguimiento, cuyo documento final establece
específicamente: “12.Reconocemos la importancia de las prácticas de salud de los pueblos indígenas y sumedicina y conocimientos tradicionales.
13.Nos comprometemos a asegurar que las personas indígenas gocen de igualdad de acceso al más alto nivel posible de salud física ymental. Nos
comprometemos también a intensificar los esfuerzos para reducir las tasas de VIH y SIDA, malaria, tuberculosis y enfermedades no transmisibles
dandoprioridad a la prevención conprogramas, políticas y recursos adecuados para las personas indígenas, entre otrosmedios, y a asegurar su acceso
a la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacióny elDesarrollo, laPlataformadeAccióndeBeijingy los documentos finales de sus conferencias de examen”.
El seguimiento a los objetivos de desarrollo sostenible debe visualizar la situación particular de personas indígenas, bajo el objetivo 3.
Observaciones
Se complementa con las metas e indicadores incluidos en la MP 26 sobre la adecuación de políticas a los perfiles epidemiológicos y con el
capítulo D (“Acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva”), que deben hacer visible la situación particular de las mujeres y
pueblos indígenas, en particular lasMP37, 40, 44 y 45. Algunos de los indicadores propuestos deben operacionalizarse y posiblemente impliquen
el desarrollo de instrumentos para sumedición.