Guía operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo - page 92

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Medidaprioritaria 48
Cumplir con el compromiso de incrementar y reforzar los espacios de participación igualitaria de lasmujeres en la formulacióne implementación
de las políticas en todos los ámbitos del poder públicoy en las tomas de decisiones de alto nivel.
Posibles líneas de acción
Promulgar y aplicar medidas legales, incluido el sistema de cuotas, para lograr la paridad en cargos de decisión en todos los ámbitos del
poder público.
Metas
1. Alcanzar la participación igualitaria de hombres ymujeres en los tres poderes del Estado.
Indicadores tentativos
1. Porcentaje demujeres en gabinetes ministeriales. 2. Porcentaje demujeres en el principal órgano legislativo. 3. Porcentaje demujeres
en elmáximo tribunal de justicia o corte. 4. Proporción de escaños ocupados pormujeres en los gobiernos locales.
Otros instrumentos,
instancias ymecanismos
relacionados
Consenso de Santo Domingo: En general, el capítulo E (“Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres para la participación
política y la toma de decisiones”); más específicamente, el acuerdo 101 (“Asegurar el acceso de lasmujeres en condiciones de igualdad a
los puestos de toma de decisiones en todos los poderes del Estado y los gobiernos locales, pormedio de iniciativas ymedidas legislativas
y de carácter electoral que garanticen la representación paritaria de las mujeres en todos los ámbitos del poder político y el compromiso
con las agendas estratégicas para alcanzar la paridad en la participaciónpolítica y la paridad de género como política deEstado”).
Consenso de Brasilia, acuerdo 3.d (“Promover la creación de mecanismos y apoyar los que ya existen para asegurar la participación político-
partidaria de las mujeres que, además de la paridad en los registros de candidaturas, aseguren la paridad de resultados, garanticen el acceso
igualitario al financiamiento de campañas y a la propaganda electoral, y su inserción en los espacios de decisión de los partidos políticos. De la
misma forma, crearmecanismospara sancionar el incumplimientode las leyeseneste sentido”).
Consenso deQuito, acuerdo ii (“Adoptar todas lasmedidas de acción positiva y todos losmecanismos necesarios, incluidas las reformas
legislativas necesarias y las asignaciones presupuestarias, para garantizar la plena participación de las mujeres en cargos públicos y de
representación política con el fin de alcanzar la paridad en la institucionalidad estatal (poderes ejecutivo, legislativo, judicial y regímenes
especiales y autónomos) y en los ámbitos nacional y local, como objetivode las democracias latinoamericanas y caribeñas”).
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra laMujer, artículo 7 (“Los Estados Partes tomarán todas las
medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizando, en
igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a: a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los
organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas (…); c) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la
ejecucióndeéstas, yocupar cargospúblicosyejercer todas las funcionespúblicasen todos losplanosgubernamentales”).
Objetivos de desarrollo sostenible, meta 5.5 (“Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades
para el liderazgo en todos los niveles de toma de decisiones en la vida política, económica y pública”).
Observaciones
Las MP 51, 52 y 48 conforman un grupo de medidas destinadas a lograr la participación igualitaria de las mujeres en la formulación e
implementación de las políticas públicas y en las tomas de decisiones de alto nivel (MP 48), lo que requiere, por un lado, contar con
mecanismos que garanticen el acceso al poder en los sistemas electorales (MP 51) y, por otro, prevenir, sancionar y erradicar el acoso
políticoy administrativo contra lasmujeres que acceden a puestos de toma de decisiones (MP 52).
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