Guía operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo - page 42

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Medidaprioritaria 20
Desarrollar políticas a todo nivel (nacional, federal y local) tendientes a garantizar la calidad de vida, el desarrollode laspotencialidades y la participación plena
de las personasmayores, atendiendo a las necesidades de estímulos (intelectuales, afectivos y físicos) y contemplando la diferente situación de hombres ymujeres,
con especial énfasis a los gruposmás susceptibles de discriminación (personasmayores condiscapacidad, carentes de recursos económicos y/o cobertura
previsional y personasmayores que viven solas y/o no cuentan con redes de contención).
Posibles líneas de acción
1. Elaborar planes quinquenales o decenales para definir prioridades de intervención y estrategias de acción en beneficio de las personas
mayores. 2. Elaborar y aplicar programas y prestar servicios para fomentar la autonomía de las personas mayores en las zonas rurales y
en la selva, incluidas aquellas con discapacidad. 3. Fortalecer las atribuciones y competencias administrativas y de vinculación
interinstitucional de los organismos públicos cuya acción se dirige a las personas mayores. 4. Garantizar la efectiva provisión de los
recursos y presupuestos necesarios para desarrollar las acciones que se deben emprender a favor de las personasmayores. 5. Fortalecer la
capacidad técnica del personal gubernamental por medio de la formación y actualización de sus equipos de trabajo y facilitar la
sostenibilidad y permanencia de los recursos humanos especializados. 6. Realizar evaluaciones periódicas de los programas, proyectos y
servicios dirigidos a las personasmayores que sean ejecutados por el gobierno. 7. Garantizar la participación de las personasmayores en
los procesos de consulta y rendición de cuentas institucionales en todos los niveles. 8. Vigilar que las personasmayores, en particular las
mujeres mayores, estén incluidas y representadas en la planificación del desarrollo rural y urbano. 9. Promover la ratificación de la
Convención Interamericana sobre la Protecciónde losDerechosHumanos de las PersonasMayores, en caso de que no se haya ratificado.
Metas
1. Contar con políticas y programas públicos dirigidos a que todas las personasmayores incrementen su autonomía y calidad de vida, de
acuerdo a sus necesidades y aspiraciones. 2. Contar con la ratificación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los
DerechosHumanos de las PersonasMayores.
Indicadores tentativos
1. Porcentaje de personas mayores en diferentes situaciones de vulnerabilidad (con discapacidad, carentes de recursos económicos y/o
cobertura previsional, que viven solas) que son beneficiarias de políticas y programas públicos destinados a incrementar su autonomía y
calidad de vida. 2. Porcentaje de procesos de consulta y rendición de cuentas institucionales relacionados con el envejecimiento y la
población adulta mayor que cuentan con la participación de personas mayores. 3. Ratificación por parte del país de la Convención
Interamericana sobre la Protección de losDerechosHumanos de las PersonasMayores.
Otros instrumentos,
instancias ymecanismos
relacionados
DeclaraciónPolítica de la SegundaAsambleaMundial sobre el Envejecimiento, artículo8 (ya citada en el desarrollo de laMP 19).
En el Plan de Acción Internacional deMadrid sobre el Envejecimiento se incorporan recomendaciones específicas para el desarrollo de
políticas en materia de empleo, personas migrantes, igualdad de género, educación, reducción de la pobreza, salud, discapacidad y
cuidado. Se incluyen también recomendaciones sobre la institucionalidad, en la sección sobremedidas de aplicación.
La incorporación de la perspectiva de género en las políticas dirigidas a las personas mayores se aborda en la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(Naciones Unidas,
Treaty Series
, vol. 1249, 1979), que entró en
vigor el 3 de septiembre de 1981; la Proclamación sobre el Envejecimiento, aprobada mediante la resolución 47/5 de la Asamblea
General, de 16 de octubre de 1992; la resolución 57/117 de la Asamblea General, “La situación de lamujer de edad en la sociedad”, de
18 de diciembre de 2002; y la Declaración Política y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, Segunda
AsambleaMundial sobre el Envejecimiento (Madrid, 8 a 12 de abril de 2002).
ElComitépara laEliminaciónde laDiscriminacióncontra laMujer (CEDAW) tambiénabordael temaen sudecisión26/III sobre laeliminación
de ladiscriminaciónde lasmujeresdeedadal amparode laConvención (A/57/38, Parte I), de5de juliode2002, y laObservaciónGeneral núm.
27, sobre lasmujeresdeedady laprotecciónde susderechoshumanos (CEDAW/C/GC/27), de16dediciembrede2010.
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