Guía operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo - page 45

44
En la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las PersonasMayores se establece, en el artículo 4, sobre
“Deberes generales de losEstadosParte”quedichosEstados “adoptarány fortalecerán todas lasmedidas legislativas, administrativas, judiciales,
presupuestariasydecualquier otra índole, incluidounadecuadoaccesoa la justicia a findegarantizar a lapersonamayor un tratodiferenciadoy
preferencial en todos losámbitos”.
Observaciones
Estamedida se relaciona con lamedida prioritaria 27: “Incorporar a las personasmayores como foco prioritario de las políticas públicas
y como actores fundamentales en la formulación e implementación de las políticas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de
las personasmayores”.
1...,35,36,37,38,39,40,41,42,43,44 46,47,48,49,50,51,52,53,54,55,...148
Powered by FlippingBook