EstrategiaNacional
para laPrevencióndel Embarazo
enAdolescentes
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a los derechos humanos en condiciones de igualdad frente a los hombres, a partir del reconocimiento
de las necesidades particulares de lasmujeres.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belem do Pará, 1994) reconoce el derecho de todas lasmujeres a vivir una vida libre
de violencia, al reconocimiento, al goce, el ejercicio y la protección de todos sus derechos humanos y
establece la obligación del Estado de condenar todos los tipos de violencia en contra de lasmujeres y
adoptarmedidas necesarias para prevenirla, sancionarla y erradicarla.
En elmarco nacional, el artículo 4º constitucional y la LeyGeneral para la Igualdad entreMujeres y
Hombres (2006) reconocen el derecho a la igualdad entre hombres ymujeres reconocidopor los ins-
trumentos internacionales antesmencionados.
3.3 Derechoa la salud sexual y reproductivadeadolescentes
Losderechos reproductivos están reconocidos enel artículo4de laConstitución, el cual estableceque
“Toda persona tiene derecho a decidir demanera libre, responsable e informada sobre el número y el
espaciamientode sus hijos.”Estos derechos han sidodefinidos como “aquellos derechos que se basan
enel reconocimientodel derechobásicode todas lasparejas e individuos adecidir librey responsable-
mente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer
de la informaciónyde losmediosparaelloyel derechoaalcanzar el nivelmás elevadode salud sexual
y reproductiva. También incluye suderecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir
discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de de-
rechos humanos.”
El derecho a la salud impone a los Estados laobligaciónde garantizar elmás alto estándar de servicios
de salud disponibles. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) ha
señaladoque“La saludesunderechohumano fundamental e indispensableparael ejerciciode losde-
más derechos humanos. Todo ser humano tienederecho al disfrutedelmás altonivel posiblede salud
que le permita vivir dignamente”. También ha señalado que “los Estados Partes deben proporcionar
a las y los adolescentes un entorno seguro y propicio que les permita participar en la adopciónde de-
cisiones que afectan a su salud, adquirir experiencia, tener acceso a la información adecuada, recibir
consejosynegociar sobre las cuestionesqueafectana su salud. El ejerciciodel derechoa la saludde las
y los adolescentes depende de una atención respetuosa de la salud de los jóvenes que tiene en cuenta
la confidencialidady la vidaprivada yprevé el establecimientode servicios adecuados de salud sexual
y reproductiva.”
Uno de los factores que hacen posible el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos es el
acceso a información veraz y científica sobre sexualidad. México firmó la DeclaraciónMinisterial
Prevenir conEducación en elmarco de laXVII Conferencia Internacional de Sida en2008. LaDe-
claración ratifica el compromiso de garantizar la plena observancia del derecho a la salud y otros
derechos humanos asociados a ésta, establecidos en tratados internacionales de derechos humanos,
particularmente en lo que concierne al acceso a la educación de calidad de toda la población de
niñas, niños, adolescentes y jóvenes, en ambientes libres de violencia, estigma y discriminación.
El enfoque a la salud sexual y reproductiva, reflejado en numerosos documentos internacionales
se basa en el respeto a los valores de una sociedad plural y democrática, donde las familias y las
comunidades se desarrollan plenamente; también reafirma el derecho de las y los adolescentes a
recibir información exacta que les haga posible tomar decisiones informadas respecto a su salud. La
DeclaraciónMinisterial de laCiudad deMéxico se basa en los fundamentos existentes establecidos